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Abierta convocatoria para 2.366 plazas Policía Nacional. (OEP 2020)

29 de agosto de 2020

Tal y como veníamos anunciando en los últimos días, hoy se publica en el BOE la apertura de la convocatoria para cubrir  las  2.366 plazas para  el ingreso al Cuerpo Nacional de Policía. Escala Básica, Oferta de Empleo 2020.

 

Plazas: 2.366 plazas Escala Básica Policía Nacional

Acceso: Libre.

Sistema: Oposición

Bases y convocatoria: BOE 29 agosto 2019

Plazo hasta :  18 septiembre 2020

 

En el BOE 29 de agosto de 2020, aparece publicada Resolución de 27 de agosto de 2020, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos de la Escuela Nacional de Policía, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.

Características más singulares:

  • Seguimos con los 15 días hábiles los que tenemos para echar la solicitud.
  • Seguimos con los 41 temas de temario.
  • Se sigue exigiendo el  bachillerato como requisito de acceso.
  • Se sigue con la tendencia de tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.
  • Vuelve la segunda prueba del examen a ser Málaga, centro de exámenes.
  • Este año una plaza se ha reservado para ti, así que ponte a estudiar ya. 

 

 

Consulta la convocatoria completa 

Presentación de solicitudes:  Hasta el 18 de septiembre 2020

15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOE

A partir del día 31 de agosto, la web de la Policía Nacional, estará disponible para realizar la inscripción:

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Web de Policía Nacional 

 

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Requisitos

2.1.1 Para ser admitido/a a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.

c) No haber sido condenado/a por delito doloso, ni separado/a del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

d) No hallarse incluido/a en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el anexo III de esta convocatoria.

e) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del/de la solicitante.

f) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres.

g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.

h) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.

El proceso de selección que habrán de superar los/as aspirantes será adecuado al título académico requerido.

2.1.2 Los/as interesados/as en optar a las 473 plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería, además de los requisitos anteriormente mencionados, deberán reunir el de llevar cinco años de servicio como tales a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. La no acreditación de este requisito, cuando les sea requerido, comportará la adscripción a las plazas de turno libre.

Solicitud de admisión y liquidación de tasas

La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en la Policía Nacional (Modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:

a) A través de la sede electrónica de la Policía Nacional, https://www.policia.es, eligiendo en «procesos selectivos» la opción «instancias» «Escala Básica» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.

b) A través de la página web https://www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).

El original de los tres ejemplares del impreso de solicitud (no son válidas las fotocopias) cumplimentados en la forma descrita, se presentarán en cualquier entidad de depósito de las mencionadas en la base 3.3, para hacer efectivo el pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la base 3.1.

Una vez efectuado el pago de la tasa, y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes de la base 3.1, el «ejemplar para la Administración» del modelo 790 de solicitud, debidamente firmado por el/la interesado/a y con validación del pago de la tasa, deberá presentarse directamente en la División de Formación y Perfeccionamiento o a través de las Comisarías de Policía, Cuarteles de la Guardia Civil, Oficinas de Correos o cualesquiera otras de las referidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.

En las dependencias policiales se prestará el apoyo necesario para facilitar la inscripción a los/as interesados/as.

c) Únicamente cuando sea imposible la conexión con la aplicación https://www.policia.es, se formalizará la solicitud cumplimentando a máquina o a mano en mayúsculas, el original del impreso de solicitud 790, código de tasa 088, previamente obtenido en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, Área de Procesos Selectivos, avda. Pío XII, núm. 50, 28071 Madrid, y en las Secretarías de las Jefaturas Superiores, Comisarías Provinciales y Locales de la Policía Nacional.

Una vez cumplimentado, se procederá al abono de la tasa y a la presentación del «ejemplar para la Administración», dentro del plazo de presentación de solicitudes de la base 3.1, siguiendo el mismo procedimiento expresado en el apartado b) anterior.

La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva implícita la autorización para que la División de Formación y Perfeccionamiento recabe, respecto del/de la interesado/a, los antecedentes que del/de la mismo/a puedan obrar en el Registro Central de Penados; de la Dirección General de Tráfico del permiso de conducción requerido en la convocatoria y fecha de expedición del mismo; y sus datos del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.

No obstante, sin perjuicio de firmar la instancia y en documento unido a la misma, se podrá manifestar la voluntad expresa contraria a dicha autorización.

La solicitud solo producirá efectos una vez presentado el «ejemplar para la Administración» del modelo 790, con la tasa pagada, dentro del citado plazo, ante cualquiera de las oficinas señaladas anteriormente.

3.3 Tasa por derechos de examen.

El importe de la tasa, Tarifa tercera, asciende a quince euros con veintisiete céntimos (15,27 €) y será satisfecho dentro del plazo establecido para la formalización de la solicitud, mediante ingreso en cualquier entidad de depósito (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.) que preste servicios de colaboración en la recaudación de las tasas que constituyen recursos del presupuesto del Estado, utilizando para ello el impreso 790, código de tasa 088, citado.

 

 

 


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