Publicada en el BOE de 3 de Junio la Reforma el Artículo 82.2 de Reglamento del Congreso de los Diputados de 26 de Mayo de 2022, en materia de voto telemático.
El voto telemático y los supuestos en que procede ya estaba regulado en el Reglamento del Congreso con la Reforma de 21 de Julio de 2011, que añadió el párrafo 2 al Artículo 82.
La Reforma publicada hoy viene a mejorar técnicamente la redacción y a ampliar los supuestos de voto telemático también a situaciones de especial gravedad y a los casos en que los parlamentarios deban cuando los parlamentarios deban ausentarse de una sesión parlamentaria para cumplir con compromisos de representación institucional en foros internacionales en el extranjero.