Se ha publicado en el BOE de 6 de septiembre la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades (Directiva sobre reestructuración e insolvencia).
Entre otras cuestiones:
1) Su D.F. primera modifica el CÓDIGO CIVIL: Los artículos 92.7, 914 bis y 1365.
2) Su D.F. cuarta modifica el artículo 12.1.b de la LRJCA.
(Añade a las atribuciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS en única instancia los recursos que se deduzcan contra actos y disposiciones del Fiscal General del Estado).
3) Su D.F. quinta modifica el artículo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
4) Su D.F. décima modifica el artículo 144.4 del TR de la Ley General de Seguridad Social.
La modificación consiste en que se establece que a la reducción del 75% de las cuotas empresariales a la SS por contingencias comunes durante la situación de IT de aquellos trabajadores que hubieran cumplido los 62 años “no les resultará de aplicación lo establecido en el artículo 20.1” (que trata de la obligación de las empresas de estar al corriente de sus obligaciones con la SS para obtener bonificaciones, reducciones y demás).