Se ha publicado en el BOE de 6 de septiembre la convocatoria para cubrir 2.218 plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la
División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, de la Policía Nacional.
SOLICITUDES: 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en la Policía Nacional (Modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:
a) A través de la sede electrónica de la Policía Nacional, http://www.policia.es, eligiendo en «procesos selectivos» la opción «instancias» «Escala Básica» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.
b) A través de la página web http://www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790. Una vez cumplimentados los datos de dicho formulario se descarga el impreso de solicitud en soporte papel por triplicado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
c) Únicamente cuando sea imposible la conexión con la aplicación http://www.policia.es, se formalizará la solicitud cumplimentando a máquina o a mano, en mayúsculas, el original del impreso de solicitud 790, código de tasa 088, previamente obtenido en la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, Área de Procesos Selectivos, Plaza de Carabanchel, núm. 5, 28025 (Madrid), y en las Secretarías de las Jefaturas Superiores y las Comisarías Provinciales y Locales de la Policía Nacional.
Tasa por derechos de examen.
El importe de la tasa, Tarifa tercera, asciende a quince euros con cuarenta y dos céntimos (15,42€) y será satisfecho dentro del plazo establecido para la formalización de la solicitud, mediante ingreso en cualquier entidad de depósito (Bancos, Cajas de Ahorro, etc.) que preste servicios de colaboración en la recaudación de las tasas que constituyen recursos del presupuesto del Estado, utilizando para ello el impreso 790, código de tasa 088 citado.
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