¿Por qué preparar esta Oposición?
- Esta oposición se convoca anualmente.
- El sistema de selección es de Oposición Libre.
- La titulación exigida es el Bachiller o equivalente.
- El número de Funcionarios de Instituciones Penitenciarias ha disminuido bastante en los años de crisis. Por eso, con ocasión de la recuperación económica, se esperan convocatorias con un número importante de plazas en los próximos años.
- En 2022 se convocaron 1.850 PLAZAS y en 2023 , 756 plazas más, y en 2.024 se han ofertado 800 plazas.
- Los Ayudantes de Instituciones Penitenciarias suelen percibir como retribuciones netas mensuales (+ pagas extra aparte) unos 1500 euros (Oficinas) o sobre los 1700 euros (V1).
- Contamos con una plataforma de test con más de 6.000 preguntas que te ayudarán a preparar la oposición.
CONSULTA AQUÍ LAS DISTINTAS FUNCIONES DE LOS AYUDANTES DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:
- Jefe de Servicios
- Jefe de Gabinete del Director
- Educador
- Coordinador de Servicios de Interior
- Jefe Área Mixta
- Jefe de Oficinas
- Oficinas
- Vigilancia I
- Vigilancia II
Jefe de Servicios
Las funciones del Jefe de Servicios se regulan en el artículo 287 del Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981:
- Despachar diariamente con el Director para informarle de la marcha de los servicios.
- Cuidar de la disciplina general del establecimiento y de que se realicen los servicios de la forma establecida.
- Estimular y orientar a los funcionarios que de él dependan en el cumplimiento de sus deberes.
- Procurar conocer personalmente a los internos e informar al Director sobre los mismos.
- Visitar durante el servicio todos los locales del Establecimiento.
- Adoptar provisionalmente las medidas indispensables para mantener el orden y el buen funcionamiento de los servicios regimentales.
- Mantener en lugar adecuado y debidamente controladas durante el días las llaves de los dormitorios y locales que no hayan de ser inmediatamente utilizados.
- Organizar debidamente todos los actos colectivos.
- Comprobar que los funcionarios que de él dependan realicen los recuentos, cacheos y requisas.
- Dirigir la Oficina de Jefatura de Servicios.
Jefe de Gabinete del Director
Le corresponde la realización de informes y propuestas en materia de recursos humanos y la coordinación de las tareas de gestión de recursos humanos, todo ello en relación con las tareas burocráticas que se tramitan en la Oficina de Dirección (art. 335 del R.P. 1981).
Le corresponde también la realización de las funciones que pueda delegar en él el Director del Centro Penitenciario.
Educador
Tal como establece el art. 296 R.P. de 1981, a los Educadores, en tanto que colaboradores directos e inmediatos de los Equipos Técnicos y de las Juntas de Tratamiento, les corresponde la realización de las tareas complementarias en materia de observación y tratamiento.
Le corresponde concretamente la realización de informes y propuestas y la coordinación y realización de programas de intervención.
El artículo 296 establece, de forma detallada, las funciones que corresponde a los Educadores.
Coordinador de Servicio Interior
El contenido funcional de este puesto de trabajo se establece en la Instrucción 7/2011 RR.HH. de 17 de junio de 2011.
La funcionalidad principal del puesto se refiere a la coordinación de las actividades internas del centro penitenciario, así como la coordinación de las tareas y servicios de los funcionarios del área de vigilancia interior:
Y desempeñará las siguientes funciones:
- a) Coordinar y controlar los movimientos de los internos conforme a los procedimientos indicados en la normativa interior del establecimiento, determinando los funcionarios que deban controlar los mismos; así como que todas las actividades diarias se encuentran operativas conforme a la programación establecida.
- b) Comprobar personalmente, iniciado el tumo de servicio, que los funcionarios asignados mediante el Libro de Servicios a cada una de las Unidades se han hecho cargo del mismo, proponiendo al Jefe de Servicios, en su caso, la modificación de los asignados.
- c) Autorizar la salida temporal de los funcionarios de servicio de las Unidades donde lo tienen asignado a otras Unidades, determinando, en su caso, su sustitución por otro funcionario e informando al Jefe de Servicios.
- d) Apoyar al Jefe de Servicios, realizando o controlando las tareas y actividades que éste le encomiende.
- e) Implementar las tareas atribuidas a la Oficina de Servicio Interior.
- f) Participar en los programas específicos que organice la Subdirección de Seguridad.
- g) En general, cuantas funciones se deriven de la normativa penitenciaria o le encomienden el Jefe de Servicios y sus superiores jerárquicos, en función de su cargo y en el ámbito de su competencia profesional.
Jefe de Área Mixta
Tiene asignada la organización y control de los procedimientos a su cargo. Por tratarse de áreas de intervención en las que coinciden tareas de vigilancia y control de internos, con otras de tipo burocrático, administrativo o de atención al público, la organización y control deberá estar referida tanto a las tareas de intervención sobre los internos como en relación con los procedimientos burocráticos.
Jefes de Oficinas
Tiene a su cargo las funciones de organización, control y realización de los procedimientos a su cargo. Estos procedimientos son los tramitados en cada una de las oficinas de los Centros Penitenciarios que aparecen reguladas en el artículo 334 del R.P. de 1981.
Oficinas
Tareas asignadas: recogidas en el Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981, conforme a la Disposición Transitoria 3ª del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1996.
Tareas de vigilancia
Vigilancia interior de los Establecimientos, recogida en el capítulo VIII, artículos 64 al 70 del Reglamento Penitenciario de 1996.
Se trata de una oposición 100% libre, donde la nota de tus exámenes, será la que determine que será para ti una plaza.
Al ser un cuerpo que pertenece al Estado, cuando apruebes te pueden llamar a cualquier delegación de cualquier parte del territorio nacional.
Las plazas de esta oposición, se aprueban en la oferta de empleo público, normalmente en los primeros meses del año, para examinarte a finales de ese año.
PRUEBAS.
Consta de 3 pruebas:
A) Primer ejercicio:
Temario. Test de 120 preguntas con 4 respuestas alternativas sobre el temario (50 Temas).
B) Segundo ejercicio:
Consistirá en resolver por escrito sobre 8 supuestos de carácter práctico, 5 preguntas de respuesta múltiple por cada supuesto sobre el contenido completo del programa.
C) Tercer ejercicio:
Reconocimiento médico.
El primer ejercicio se realizará en Madrid y en Las Palmas de Gran Canaria, para las personas aspirantes que residan en la Comunidad Autónoma de Canarias. El segundo ejercicio se realizará en Madrid
TITULACIÓN EXIGIDA Y OTROS REQUISITOS.
Bachiller o equivalente.
Existen unas causas de exclusión médica, que el aspirante debe conocer.
SISTEMA DE SELECCIÓN:
Oposición.
TEMARIO.
Trabajamos con el Temario de la Editorial CEAP, de bastante prestigio en la preparación de esta oposición.
Son 3 volúmenes con un precio total es de 110 euros.
DURACIÓN DEL CURSO.
El curso dura 1 año.
RETRIBUCIONES:
Oficinas: Sobre los 1500 euros.
Educadores: Sobre los 1700-1800 euros.
JORNADA.
Existen distintos tipos de jornada, según el destino.
En la oficina, la jornada suele ser de mañana, de lunes a viernes.
¿DÓNDE SE TRABAJA?
En distintas funciones en centros penitenciarios.
FORTALEZAS DE ESTA OPOSICIÓN.
Es una oposición que se convoca anualmente.
Dado que hemos estado varios años con convocatorias congeladas o de un número muy pequeño de plazas, el número de Funcionarios de Instituciones Penitenciarias ha disminuido bastante en estos años.
Aprueba las oposiciones de Ayudante de Instituciones Penitenciarias, con nuestra ayuda. Ponemos a tu alcance todos los medios disponibles y el mejor equipo de profesores para que superes con éxito estas oposiciones.
Además estarás puntualmente informado de las ofertas, bases de convocatoria y plazos de solicitudes.
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- Compromiso de temario actualizado y al día.
- Sin compromiso de permanencia.
- Cuotas mensuales, no anuales.
Las bases de la convocatoria recogen los requisitos de los aspirantes. Suelen publicarse en el BOE sobre los meses de Mayo o Junio.
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, antes de que termine el último día de plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos.
a) Ser español.
b) Estar en posesión del Título de Bachiller o Técnico.
c) Conforme a lo dispuesto en el artículo noveno de la Ley 39/1970, de 22 de diciembre, sobre reestructuración de los Cuerpos Penitenciarios, modificada por Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, se exigirá no haber sido condenado por delito doloso a penas privativas de libertad mayores de tres años, a menos que se hubiera obtenido la cancelación de antecedentes penales o la rehabilitación.
Los aspirantes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, son seleccionados el procedimiento de oposición libre.
El proceso selectivo de los aspirantes constará de las siguientes fases eliminatorias:
A) Oposición.
B) Curso Selectivo de Formación.
C) Periodo de Prácticas.
Oposición, curso y prácticas
La oposición estará formada por los tres ejercicios siguientes, todos ellos eliminatorios:
Primer ejercicio.
Primera parte. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 120 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 120 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan.
Esta primera parte del ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo y proceder a la corrección de la segunda parte del ejercicio. La calificación de las personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria, siempre y cuando no sean restrictivas para las mismas.La duración de la primera parte del mismo será de una hora y cuarenta y cinco minutos.
Segunda parte. Consistirá en resolver por escrito ocho supuestos de carácter práctico, cada supuesto contendrá cinco preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación y las preguntas en blanco no penalizan. Esta segunda parte solo será corregida a aquellos aspirantes que hayan superado la primera parte del ejercicio por haber obtenido al menos la puntuación mínima requerida de 10 puntos.
La calificación de la segunda parte del ejercicio será de 0 a 20 puntos. Las personas aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarla. La calificación de las personas aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria, siempre y cuando no sean restrictivas para las mismas.
La duración máxima de esta segunda parte será de una hora y veinte minutos.
Segundo ejercicio.
Pruebas de aptitud médica: Estarán dirigidas a comprobar que no se aprecia en las personas aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el anexo V de esta convocatoria, que está adaptado a lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018 (publicado por Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, en el BOE del 20 del mismo mes), por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
Curso selectivo y periodo de prácticas
LLos aspirantes que superen la fase de oposición, tras la presentación de la documentación solicitada y verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria, serán nombrados funcionarios y funcionarias en prácticas del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, y tendrán que realizar un periodo de prácticas con desempeño, desde su mismo comienzo, de las funciones propias de los puestos de trabajo asignados al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
El periodo de prácticas se estructurará en dos fases, una de formación teóricopráctica y otra de perfeccionamiento teórico-práctico. Ambas fases tendrán una duración máxima de dieciocho meses:
– Fase de formación teórico-práctica. En esta fase las personas aspirantes desempeñarán, desde su comienzo y de forma tutelada, funciones propias de los puestos de trabajo adscritos al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los establecimientos penitenciarios que se determinen, adquiriendo, de forma simultánea, los conocimientos teóricos necesarios, tanto en los propios centros como en la sede del Centro de Estudios Penitenciarios.
Será obligatorio asistir al 80 por ciento de las jornadas de formación teórico-práctica para la realización del examen, que se calificará como «Apto» o «No Apto». Las personas aspirantes que no hayan superado esta fase no podrán realizar la fase de perfeccionamiento teórico-práctico.
Mediante Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, se establecerá el calendario, el programa, en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, otro en materia de violencia de género, así como las normas internas que regulen esta fase, que tendrá una duración no superior a cuatro meses. En esta fase, dada su configuración, será aplicable lo establecido en el párrafo 2.º del artículo 1 del Real Decreto 456/1986, de 10 de febrero, por el que se fijan las retribuciones de los funcionarios en prácticas.
– Fase de perfeccionamiento teórico-práctico. En esta fase los funcionarios y las funcionarias en prácticas realizarán funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en los Centros Penitenciarios. Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas las personas aspirantes compaginarán el desempeño de las funciones con la formación teórica.
Durante esta fase, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación. Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios o de las funcionarias en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho periodo, aun cuando el período no hubiese finalizado, con la consecuencia de ser calificado como «No Apto» en el mismo, de acuerdo con lo establecido en el siguiente párrafo.
Esta fase será evaluable y calificada de «Apto» o «No Apto», será requisito imprescindible, además de ser informado como «Apto» por el órgano encargado del seguimiento en el Centro Penitenciario y así asumido por el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado el 75 por ciento del periodo de prácticas en Centros Penitenciarios.
Cuadro de exclusiones médicas
1. Visión.–No se considerarán aptas aquellas personas que presenten alguno de los siguientes valores en su agudeza visual:
1. Una agudeza visual binocular, sin gafas o lentillas, menor de 0,33.
2. Una agudeza visual, sin gafas o lentillas, menor de 0,2 en el ojo de menor agudeza visual.
3. Una agudeza visual binocular, con gafas o lentillas, menor de 0,8.
También serán excluidas las personas que padezcan:
4. Desprendimiento de retina o retinosis pigmentaria.
5. Diplopía. Estrabismo.
6. Glaucoma. Hemianopsia.
7. Subluxación del cristalino. Afaquia.
8. Distrofia corneal con disminución de la agudeza visual. Queratitis crónica.
9. Hemeralopía.
10. Otras enfermedades oculares que impidan el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
2. Audición.–No serán aptas aquellas personas que tengan una sordera completa de ambos oídos, o incompleta permanente que produzca, en el oído de menor agudeza auditiva, una disminución de la agudeza auditiva mayor de 35 decibelios en las frecuencias entre los 1.000 y 3.000 hertzios o de 45 decibelios a 4.000 hertzios.
3. Aparato locomotor.–No serán aptas las personas que presenten:
1. Malformaciones o lesiones que incapaciten, limiten o comprometan permanentemente, el libre movimiento de cualquier articulación o que puedan disminuir la fuerza y agilidad de las extremidades, tronco y cuello o su repercusión estática.
2. Escoliosis con limitación importante para flexo-extensión. Hernia discal.
4. Endocrino.–Serán excluidas aquellas personas que presenten:
1. Delgadez extrema: Con índice de masa corporal (IMC) inferior a 18.
2. Obesidad: Con índice de masa corporal (IMC) superior a 34.
3. Enfermedades del sistema endocrino-metabólico que impidan el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias y previa propuesta individualizada del servicio médico correspondiente.
5. Aparato digestivo.–No serán aptas aquellas personas que padezcan:
1. Cirrosis hepática.
2. Enfermedad inflamatoria intestinal crónica.
3. Pancreatitis crónica.
7. Aparato urinario.
No serán aptas las personas con insuficiencia renal crónica.
8. Aparato cardiovascular.–No serán aptas las personas con:
1. Insuficiencia cardiaca.
2. Haber padecido infarto de miocardio o coronariopatía.
3. Arritmias: Fibrilación auricular. Síndrome de preexcitación.
4. Valvulopatías y prótesis valvulares.
5. Aneurismas de grandes vasos.
6. Insuficiencias venosas periféricas, con signos de alteraciones tróficas y varicosas.
9. Aparato respiratorio.–No serán aptas aquellas personas que padezcan enfermedades neumológicas (pulmonares) que tengan repercusión en la función respiratoria. La función pulmonar se definirá mediante espirometría o auscultación pulmonar facultativa, quedando la determinación de la prueba a realizar a criterio del personal facultativo de la Administración designado por el tribunal para la supervisión médica del segundo ejercicio de la oposición, en función de la evolución de la COVID-19 y demás circunstancias concurrentes. Serán excluidas las personas con una capacidad ventilatoria inferior al 80 % de las cifras de referencia.
8. Sistema nervioso central.–No serán aptas las personas que presenten:
1. Parkinson.
2. Temblores crónicos.
3. Epilepsia.
4. Esclerosis múltiple.
5. Ataxia.
9. Alteraciones psiquiátricas.–No serán aptas las personas que presenten:
1. Esquizofrenia.
2. Trastorno bipolar. Delirio.
3. Depresión mayor.
4. Crisis de pánico o de angustia.
5. Trastorno de estrés postraumático.
6. Alteraciones de la personalidad: paranoide, esquizoide, antisocial o trastornos límite.
7. Trastornos afectivos (distimias).
10. Controles analíticos.–De sangre y orina.
1. Será causa de exclusión el consumo de alcohol en grado de abuso, que ocasione alteraciones detectables en el análisis de sangre, con elevación de las transaminasas hepáticas (GOT, GPT, GGT), junto con aumento del VCM, por encima de las cifras normales de referencia. En el caso de que presenten esas alteraciones, se realizarán pruebas complementarias.
2. Consumo de sustancias tóxicas: opiáceos, cannabis, cocaína, barbitúricos, anfetaminas, psicodislépticos, benzodiacepinas, estimulantes, antidepresivos (suero) y otros, que sean detectables (ellos o sus metabolitos), en el momento del reconocimiento, mediante analítica.
3. Todas las personas que por prescripción facultativa estén siendo tratados con cualquier tipo de medicación, deberán presentar un informe médico oficial del especialista, justificando el tratamiento.
11. Otras causas de exclusión.–Serán excluidas las personas que presenten enfermedades transmisibles en actividad, hemopatías graves, malformaciones congénitas y otras patologías de cualquier órgano o sistema que, a juicio del Tribunal y previa propuesta del Médico colaborador, limiten o dificulten el desempeño de las tareas propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.
Primera parte
I. Organización del Estado. Derecho Administrativo General. Gestión de Personal y Gestión Financiera
1. La Constitución Española de 1978: Principios generales, estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. Las Cortes Generales. La elaboración de las leyes. El Defensor del Pueblo. Nombramiento y «status». Competencias.
2. El Poder Judicial. La organización judicial. Actuaciones judiciales. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Constitucional: Composición y atribuciones. El Ministerio Fiscal.
3. El Gobierno: El Consejo de Ministros, el Presidente del Gobierno, los Ministros, otros miembros. La Administración Periférica del Estado: Los Delegados de Gobierno, Subdelegados del Gobierno y Directores Insulares, breve referencia a sus competencias.
4. La Organización Territorial del Estado: La ordenación del territorio del Estado en la Constitución actual. Instituciones Fundamentales de las Comunidades Autónomas: La Asamblea; el Presidente y Consejo de Gobierno; el Tribunal Superior de Justicia. Comunidades Autónomas. Competencias de las mismas en materia penitenciaria.
5. La Unión Europea: Tratados originarios y modificativos. Las Instituciones Comunitarias: El Parlamento, el Consejo, El Consejo Europeo, la Comisión, el Tribunal de Justicia, el Tribunal del Cuentas, el Banco Central Europeo. Efectos de la integración europea sobre la organización del Estado Español.
6. Estructura orgánica del Ministerio de Interior. La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo: organización y competencias.
7. El personal de Instituciones Penitenciarias: Los diferentes cuerpos de funcionarios. El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias: Funciones generales y funciones a desempeñar en las distintas unidades de servicio. Personal en régimen de derecho laboral.
8. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen de incompatibilidades. La responsabilidad disciplinaria: Faltas, sanciones y ejecución de las mismas. Prescripción y cancelación.
9. El acceso al empleo público: Principios rectores y requisitos generales. Sistemas selectivos. La adquisición y pérdida de la condición de funcionario público. La provisión de los puestos de trabajo. Las situaciones administrativas de los funcionarios.
10. Los contratos del Sector Público: Conceptos y clases. Procedimiento de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos del Sector Público.
11. Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado. Objeto. Ámbito de aplicación. Concepto de voluntariado: Derechos y deberes. Relaciones entre los voluntarios y las organizaciones en las que se integran. Medidas de fomento del voluntariado.
12. Políticas Públicas. Políticas sociales de igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Régimen jurídico de la Dependencia: Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Normativa vigente. Administración Electrónica.
13. La ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Objeto de la Ley. El derecho de acceso de los ciudadanos a la información pública. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
14. La actividad de las Administraciones Públicas. Normas generales de actuación: Derechos y obligaciones de las personas en sus relaciones con la Administración Pública. Registro y archivos. Obligación de resolver. El silencio administrativo.
15. Las fuentes del Derecho Administrativo. El principio de legalidad en la actuación administrativa. La jerarquía de las fuentes. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Recursos administrativos. Revisión, anulación y revocación.
16. El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El Procedimiento Administrativo Común: Garantías y fases. El procedimiento administrativo sancionador.
17. El Presupuesto: concepto. Los principios presupuestarios. El presupuesto del Estado en España: Concepto y estructura. El Presupuesto como instrumento de planificación económica: Aspectos generales de las leyes de estabilidad presupuestaria.
Segunda parte
I. Derecho Penal
1. El Derecho Penal. Concepto, contenido y fuentes. El poder punitivo del Estado. Concepto y límites. Las garantías penales y de la aplicación de la Ley Penal. El Código Penal Español: Estructura y contenido.
2. Delitos: Concepto y clases. Grados de ejecución. Formas de resolución manifestada. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal.
3. De las personas criminalmente responsables de los delitos. Las penas: Concepto y fines. Sus clases y efectos. Las penas privativas de libertad y su desarrollo histórico. Especial referencia a la pena de prisión permanente revisable.
4. De las formas de suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad. Las penas privativas de derechos. Especial referencia a la pena de trabajos en beneficio de la comunidad. Las medidas de seguridad: clases y aplicación. Medidas de seguridad competencia de la Administración Penitenciaria. Extinción de la responsabilidad criminal.
5. Principales delitos (1): El homicidio y sus formas. Las lesiones. Delitos vinculados a la violencia de género y doméstica. Delitos contra el patrimonio: el hurto y los robos. Delitos contra la libertad: La detención ilegal y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones. Delitos contra la salud pública: tráfico de drogas.
6. Principales delitos (2): De las torturas y otros delitos contra la integridad moral. Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales. Delitos contra el honor: calumnia e injuria. Las falsedades: Falsificación de documentos públicos y oficiales. La usurpación de funciones públicas y el intrusismo.
7. Delitos contra la Administración Pública. La prevaricación. El abandono de destino y la omisión del deber de perseguir delitos. De la desobediencia y denegación de auxilio. De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos. Del cohecho. Trafico de influencias. La malversación. Negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función.
8. Delitos contra la Administración de Justicia. Especial referencia al quebrantamiento de condena. Delitos contra las Instituciones del Estado y la división de poderes. Especial referencia a la usurpación de atribuciones. Delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas. De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales en especial los cometidos en el ámbito penitenciario.
9. La jurisdicción penal. El proceso penal: Concepto, objeto y tipos. Las partes en el proceso penal. Los actos procesales con especial referencia a las medidas cautelares que suponen privación de libertad y a las resoluciones judiciales.
10. El denominado procedimiento ordinario: Principios fundamentales, ámbito de aplicación y fases. El procedimiento abreviado. Especial referencia al procedimiento de «Habeas Corpus». Teoría general de los recursos. Los recursos de reforma, apelación, súplica, queja, casación, revisión y amparo.
II. Derecho Penitenciario
1. La regulación supranacional en materia penitenciaria: Convenios, Tratados, Pactos, Declaraciones y Recomendaciones. Especial referencia a los acuerdos sobre traslados de personas condenadas. Organismos de vigilancia y control. Especial consideración de la labor de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa. La ley 23/2014, de 20 de noviembre, de reconocimiento mutuo de resoluciones penales en la Unión Europea.
2. El Derecho Penitenciario: Concepto, contenido y fuentes. Breve referencia a la evolución histórica de la legislación penitenciaria en España. La normativa penitenciaria vigente. Las líneas generales de la ejecución en nuestro ordenamiento fijadas por el artículo 25.2 de la Constitución.
3. La relación jurídico-penitenciaria: Naturaleza y fundamento. Derechos de los internos: Clases y límites, sistema de protección y régimen de garantías. Deberes de los internos.
4. Prestaciones de la Administración Penitenciaria. Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. Asistencia religiosa. Acción Social Penitenciaria.
5. El Régimen Penitenciario (1): Concepto y principios inspiradores. Normas generales en la organización de un centro penitenciario. El ingreso. Las relaciones con el exterior: comunicaciones, visitas, paquetes. La participación de los internos en las actividades. Información, quejas, recursos. Las conducciones y traslados en sus diferentes modalidades.
6. El Régimen Penitenciario (2). La seguridad en los Establecimientos Penitenciarios. La seguridad exterior: Competencia y fines. La seguridad interior: Principios generales, medidas preventivas y medidas de control. Los medios coercitivos y su aplicación.
7. Clasificación de los distintos tipos de establecimientos y sus características. El régimen ordinario: Principios generales y características. El régimen de preventivos.
8. El régimen cerrado: Criterios de aplicación y características. Modalidades. El régimen abierto: Objetivos, criterios de aplicación y centros de destino.
9. El Tratamiento Penitenciario (1): Concepto, fines y principios inspiradores. La separación interior. La clasificación en grados. El principio de individualización científica. La Central Penitenciaria de Observación. La observación del interno: El papel de los funcionarios de servicio interior.
10. El Tratamiento Penitenciario (2): Elementos y programas de tratamiento. La formación, la cultura y el deporte como elementos de los diferentes programas de tratamiento. La necesaria colaboración régimen-tratamiento para la ejecución de los programas.
11. La relación laboral en el medio penitenciario: Características. Los distintos tipos de trabajo en el medio penitenciario. Extinción y suspensión de la relación laboral. La Entidad Pública Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo. Gestión de nóminas y seguridad social de los internos trabajadores.
12. Los permisos de salida: Concepto y naturaleza. Clases, duración y requisitos. Procedimiento de concesión.
13. Libertad y excarcelación en sus distintas formas. El procedimiento de expulsión de extranjeros. Suspensión de la ejecución del resto de la pena y concesión de la libertad condicional: Requisitos para su concesión y revocación. Mecanismos de control de esta situación. Los beneficios penitenciarios y sus clases.
14. Formas especiales de ejecución de la pena de prisión: Modos de internamiento, características y criterios para su asignación. El cumplimiento de la pena de prisión permanente revisable. El cumplimiento de la pena de trabajo en beneficio de la comunidad. Las suspensiones de condenas. El cumplimiento de la pena de localización permanente. Los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas.
15. El régimen disciplinario: Principios generales y ámbito de aplicación. Clasificación de las faltas y determinación de las sanciones. Procedimiento sancionador. Ejecutoriedad. Prescripción y cancelación. Las recompensas.
16. El control de la actividad penitenciaria por el Juez de Vigilancia: Normativa vigente. Atribución de competencias. Cuestiones procesales. Los recursos contra sus resoluciones.
17. El modelo organizativo penitenciario: estructura y régimen jurídico. Órganos colegiados: Composición y funciones. Órganos unipersonales: Director, Subdirectores, Administrador, Jefes de Servicios. Atribuciones y horarios.
18. El régimen administrativo de los Establecimientos Penitenciarios (1). La oficina de gestión penitenciaria: organización. El expediente personal del interno: Estructura, documentos y trámites administrativos. Sentencia y liquidación de condena: Cálculos y fechas de cumplimiento. Documentación y procedimientos de la gestión de tratamiento. El expediente personal de los penados a penas y medidas alternativas. Documentación. Trámites y procedimiento de gestión.
19. El régimen administrativo de los Establecimientos Penitenciarios (2). Funcionamiento administrativo de la oficina de servicio interior. Redacción de partes disciplinarios, de recuento y otros. Realización de trámites relativos a las unidades de servicios de: Acceso, rastrillo, comunicaciones y visitas, ingresos y salidas, recepción y salida de paquetes y encargos. La oficina de identificación: Obtención y clasificación de los dactilogramas.
20. El régimen económico de los Establecimientos Penitenciarios: Principios generales y régimen patrimonial. Contabilidad general. Las cuentas presupuestarias y extrapresupuestarias. Gestión de almacenes. Las formas de gestión de los servicios de economatos, cocinas, alimentación y vestuario. El peculio de los internos: formas de gestión. Las pertenencias de los internos: Administración y custodia. La oficina de habilitación: Gestión de nóminas y seguridad social de los empleados públicos. Inventario general de equipamiento, utensilio y mobiliario en un Centro Penitenciario.
Tercera parte
III. Conducta humana
1. Elementos de la conducta humana. Estímulos y respuestas. Refuerzo y castigo. Técnicas de evaluación de la conducta humana. La observación, la autoobservación, el auto-registro, los auto-informes y los registros psicofisiológicos. La integración de los datos de la evaluación y realización de informes.
2. Organización social de la prisión: Control formal e informal. Código del recluso, jerga y lenguaje. Subculturas carcelarias. Fenómenos de hacinamiento y conducta del recluso. Efectos psicológicos de la reclusión. Factores determinantes. Consecuencias físicas y psicosociales. Prisionización y socialización.
3. El comportamiento social. El concepto de asertividad. Habilidades sociales. Evaluación y medida de las habilidades sociales y sus déficits. Programas de entrenamiento en habilidades sociales y su aplicación al ámbito penitenciario. La conducta adictiva en prisión.
MATRÍCULA GRATUITA
El pago mensual se podrá hacer en efectivo, tarjeta bancaria o transferencia
SERVICIO EXENTO DE IVA
HORARIOS 2024/2025
Grupo de inicio |
MODALIDAD MIXTA |
Horario |
Miércoles de 16.30 a 20.30 (Reunión informativa 26/09 a las 18 h) |
Fecha de inicio |
Octubre 2024 |
Duración |
15 meses |
Precio |
100€ / mes |
Grupo de repaso |
MODALIDAD MIXTA |
Horario |
Jueves de 16.30 a 20.30 |
Fecha de inicio |
Octubre 2024 |
Duración |
hasta examen |
Precio |
100€ / mes |
MODALIDAD CLASES “PRESENCIALES” VIRTUALES
- Asiste en directo desde casa como si estuvieras presencialmente en la academia.
- Resolución de dudas durante la clase, que es participativa.
- Si no puedes asistir a una clase, podrás verla grabada en otro momento, ya que dispondrás de ella en nuestra plataforma online.
Mas información aquí
CLASES VIRTUALES “PRESENCIALES” (STREAMING)
Tus clases presenciales de OPOSICIONES se sustituyen por CLASES VIRTUALES (Streaming).
- Los alumnos/as matriculados en las distintas oposiciones, continuarán recibiendo sus clases con el sistema de streaming en el mismo horario y con el mismo equipo docente.
- En qué consiste esta preparación:
- -Los alumnos continuarán con la preparación de su oposición desde sus propios hogares. En el mismo día y a la misma hora que corresponde a su grupo presencial, el alumno/a se conectará desde su casa con el profesor y el resto alumnos, para recibir en directo la impartición de clases, según la materia que corresponda por calendario.
- El alumno/a utilizará el chat para resolver sus dudas durante la sesión en streaming.
- Para conectarse en cada una de las sesiones, el alumnado, antes de comenzar a impartirse la clase, recibirá a su email una invitación de acceso a la clase virtual que le corresponda.
- La primera vez que acceda recibirás además un tutorial de explicación.
- Es un método de acceso muy sencillo e intuitivo ya que alumno/a tan solo tiene que tener a su disposición:
– Equipo informático o tablet (más recomendable). Y en su caso también pueden acceder a través de su Smartphone.
– Conexión a internet.
– Además, cada equipo docente, enviará al alumno/a test y material complementario que consideren necesario para la continuidad de la preparación, mediante correo electrónico o subiéndolo a la plataforma de cada grupo.
También se enviarán las actualizaciones del temario para que el alumno siempre esté al día de todas las modificaciones.
– El profesorado resolverá las dudas que se les genere al alumno mediante correo electrónico.
Para el mejor seguimiento y aprovechamiento de las clases, recomendamos que tengan a su disposición el temario que utiliza el equipo docente del grupo y especialidad elegida.
Material de estudio:
Temario de la editorial CEAP y PLATAFORMA ONLINE para trabajar test y supuestos prácticos
MATERIAL
En clase el profesorado, te entregará test y simulacros de examen, así como las explicaciones del temario.
En esta oposición, los profesores van siguiendo un temario, de la editorial con más prestigio de esta especialidad.
Temario CEAP (editorial): 110€ y lo podrás adquirir aquí mismo en la Academia, o donde tu quieras.
El curso será impartido por profesorado cualificado académicamente y con amplia experiencia profesional, adaptado a la especialidad seleccionada por el alumno/a. Los equipos docentes están compuestos por juristas, especialistas en las materias científico-técnicas y conferenciantes para temas o epígrafes específicos, todos ellos con una experiencia media entre 10 y 20 años en el ejercicio de sus respectivas profesiones.
DOCENTES TITULARES
Jesús Barragán Gómez, funcionario perteneciente al Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias, grupo A-2, que lleva trabajando en la administración desde 1986. Mi destino actual es el de Educador (Nivel 21) en la prisión de Alhaurín de la Torre. Licenciado en Derecho por la UNED en 2001. Más de cuarenta cursos relacionados con distintos puestos de trabajo en la administración penitenciaria que me han permitido tener conocimiento en materias de Derecho Penitenciario, Derecho Penal, Derecho Procesal, Función Pública, Financiero y Derecho Administrativo. En la actualidad comparto esos conocimientos con una actividad que me fascina, como es la docencia.
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