ÚLTIMA CONVOCATORIA 65 PLAZAS
PLAZO CERRADO
BOPM del 28 de JUNIO de 2024
Para consultar las bases de la convocatoria de 2024 pulsa aquí.
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¿Por qué preparar esta Oposición?
- El sistema de selección es de Oposición Libre. La titulación exigida es el Bachiller o equivalente. Actualmente no hay edad máxima para el acceso en la Policía Local (por tanto la edad máxima es la edad de jubilación forzosa).
- El aspirante a esta oposición se puede presentar con la misma preparación a CUALQUIER MUNICIPIO DE ANDALUCÍA, pues las pruebas son prácticamente las mismas.
- Con ocasión de la recientemente aprobada posibilidad de jubilación anticipada en la Policía Local, vuelven a efectuarse importantes convocatorias con numerosas plazas. Por ello, actualmente se puede decir que cada año el aspirante se puede presentar al menos a unas 50 convocatorias a Cuerpos de la Policía Local de Andalucía; de ellas unas 10 o 15 en las capitales y municipios más importantes.
- En la Policía Local, en bastantes municipios hay diversos puestos y especialidades a los que al cabo de unos años se puede acceder.
- Sus RETRIBUCIONES dependen del municipio, pero en los municipios importantes y capitales de provincia puede estar en torno a unos 1800 euros netos al mes (+ pagas extra aparte).
PRUEBAS
Se exigen 4 pruebas normalmente, pero dependerá de la convocatoria.
1.- Pruebas físicas.
2.- Prueba de conocimientos sobre el temario (40 temas). Suele ser tipo test (en alguna localidad ha podido ser de desarrollo). También hay siempre un supuesto práctico.
3.- Psicotécnicos, personalidad y entrevista.
4.- Reconocimiento médico. Son puntuables la prueba de conocimientos y las pruebas físicas. El resto se califican como apto o no apto.
TITULACIÓN EXIGIDA Y OTROS REQUISITOS
- Bachiller o equivalente.
- También se exige el permiso de conducir A2.
- Edad máxima: No hay edad máxima (por tanto la edad máxima es la edad de jubilación forzosa, es decir, 65 años).
- No debemos olvidar que existen unas causas de exclusión médica, que el aspirante debe conocer, y, en su caso, consultar con su especialista.
- Asimismo, el aspirante no puede haber sido condenado por delito doloso (intencionado); aunque se admite la cancelación de antecedentes, ésta suele tardar varios años.
- Todos los requisitos anteriores el aspirante los debe poseer el último día de presentación de las solicitudes.
SISTEMA DE SELECCIÓN
Superada la oposición, el aspirante es nombrado funcionario en prácticas. Será policía local, si supera el Curso de Habilitación.
Este curso de Habilitación (Curso de Ingreso) se puede realizar en alguno de estos centros de formación:
– El Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA, antigua ESPA) que se encuentra en la provincia de Sevilla.
– En las Escuelas Municipales de la Policía Local.
– En las Escuelas Municipales de la Policía Local acreditadas por el IESPA.
Una vez superado el curso de ingreso, será nombrado funcionario de carrera y tomará posesión de su plaza en el municipio correspondiente.
TEMARIOS
Temario Jurídico: 3 Volúmenes de 30 € c/u. Temario de Supuestos Prácticos: 2 Volúmenes a 40 € c/u.
RETRIBUCIONES
Depende del municipio, pero en los municipios importantes y capitales de provincia puede estar en torno a unos 1800€ netos al mes (+ pagas extras).
JORNADA
Jornada de mañana o tarde. A veces, noche.
¿DÓNDE SE TRABAJA?
En el municipio en el que se aprueba. Un 20% de las plazas convocadas cada año, se reservará a la llamada movilidad horizontal, es decir, a policías locales de otros municipios de Andalucía. En las plazas reservadas a esta movilidad, el aspirante (policía local de cualquier otro municipio de Andalucía), no tiene que volver a examinarse, es decir: no hay oposición en el procedimiento de selección, que será de concurso de méritos. Es decir, sólo se efectuará una valoración de méritos tales como la antigüedad, títulos, cursos relacionados con la función policial, y similares. Quién tenga más méritos, obtendrá una de las plazas reservadas a movilidad. Es una posibilidad por tanto del aspirante que apruebe en cualquier municipio de Andalucía de, pasados cinco años, obtener una plaza en otro municipio. Los requisitos de acceso por este sistema de movilidad horizontal (también llamada sin ascenso), son los siguientes:
a) Antigüedad de cinco años en la categoría.
b) Faltar más de diez años para el cumplimiento de la edad que determinaría el pase a la situación de segunda actividad (Es decir, no haber cumplido de 45 años en la categoría de Policía). Asimismo, con arreglo a lo establecido en el artículo 52 de la Ley 6/2023 de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, una vez obtenida plaza por este sistema, se exigirá un periodo mínimo de permanencia de cinco años.
Un policía local puede intentar cambiar la plaza con cualquier otro policía local de otro municipio del resto de Andalucía. La permuta la pueden autorizar excepcionalmente las personas titulares de la respectiva alcaldía. El artículo 54 de la ley 6/2023 de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, establece los requisitos para ello.
OTRAS CUESTIONES
La preparación de esta oposición permite al aspirante presentarse con las mismas pruebas a cualquier municipio de Andalucía.
FORTALEZAS DE ESTA OPOSICIÓN
El aspirante a esta oposición se puede presentar con la misma preparación a cualquier municipio de Andalucía. Tras unos años de escasas convocatorias por la crisis económica, observamos que vuelven a efectuarse más convocatorias en capitales de provincia y otros municipios importantes. Se puede decir que cada año el aspirante se puede presentar a unas 8 o 10 oposiciones en distintos municipios de Andalucía. En 2017 ya han anunciado que quieren convocar plazas Sevilla y Córdoba. Probablemente también Málaga (Eso dijo al menos el Concejal de Seguridad del Ayuntamiento de Málaga). En definitiva, vuelven a efectuarse importantes convocatorias en toda Andalucía.
PLAZAS QUE SE ESPERAN
En Málaga están aprobadas:
27 plazas OEP 2021
38 plazas OEP 2022
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Los requisitos para el ingreso en la Policía Local se recogen, entre otras normas, en el artículo 49 la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.
c) Tener la estatura mínima que reglamentariamente se establezca (actualmente 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres). No obstante, se eximirá del requisito de la estatura a quienes ya pertenezcan a algún cuerpo de la Policía Local de Andalucía. d) Estar en posesión del título académico o equivalente exigido para el acceso al correspondiente subgrupo en el que esté clasificada la categoría en la que se aspira a ingresar, de acuerdo con la legislación básica estatal en materia de función pública. (Para la categoría de Policía: estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior de Formación Profesional o equivalente.)
e) Superar un examen médico, con sujeción a un cuadro de exclusiones.
f) Superar las pruebas físicas, psicotécnicas y de conocimientos que se determinen.
g) Superar el curso preceptivo de ingreso para obtener la condición de policía y de capacitación para las demás categorías.
h) Poseer los permisos de conducción que reglamentariamente se determinen y prestar el compromiso de conducir vehículos policiales clases (actualmente A2 y B).
i) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar armas y, en su caso, de llegar a utilizarlas.
j) No haber sufrido separación, mediante resolución administrativa firme, del servicio a la Administración local, autonómica o estatal, ni inhabilitación para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.
k) No tener antecedentes penales por delitos dolosos, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales.
l) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el turno libre, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.
La oposición al Cuerpo de la Policía Local consta de las siguientes pruebas en cualquier municipio de Andalucía:
1) PRUEBAS FÍSICAS.
2) RECONOCIMIENTO MÉDICO.
3) PRUEBAS PSICOTÉCNICAS Y DE PERSONALIDAD.
4) PRUEBA DE CONOCIMIENTOS.
- a) DERECHO.
- b) SUPUESTOS PRÁCTICOS.
El ORDEN DE REALIZACIÓN de las pruebas lo suelen establecer las propias Bases de la Convocatoria.
PRUEBAS MÉDICAS.
CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS QUE REGIRÁN PARA EL INGRESO A LAS DISTINTAS CATEGORÍAS DE LOS CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE ANDALUCÍA
La persona aspirante ha de estar exento en el momento de la exploración de toda enfermedad orgánica, de toda secuela de accidente y de cualquier deficiencia física que pueda constituir una dificultad en el desempeño de las funciones policiales, teniendo como base los criterios que se indican a continuación:
1. Talla.
Estatura mínima: 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres.
2. Obesidad-delgadez.
Obesidad o delgadez manifiestas que dificulten o incapaciten para el ejercicio de las funciones propias del cargo.
Indice de Masa Corporal (IMC) no inferior a 18,5 ni superior a 29,9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos por el cuadrado de la talla expresado en metros.
En los aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29,9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal a la altura del ombligo. Este perímetro no será superior en ningún caso a 102 centímetros en los hombres o a 88 centímetros en las mujeres.
La medición del peso se realizará en ropa interior.
3. Ojo y visión.
3.1. Agudeza visual sin corrección inferior a los dos tercios de la visión normal en cada uno de los ojos.
3.2. Desprendimiento de retina.
3.3. Patología retiniana degenerativa. Retinosis pigmentaria.
3.4. Hemianopsias y alteraciones campimétricas.
3.5. Glaucoma y alteraciones de la tensión ocular, uni o bilaterales en todas las formas.
3.6. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de personal facultativo médico, dificulte de manera importante la agudeza visual.
4. Oído y audición.
4.1. Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Así mismo no podrá existir una pérdida auditiva en las frecuencias conversacionales igual o superior a 30 decibelios. El examen funcional auditivo será realizado según norma internacional (ANSI-ISO)
4.2. Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de personal facultativo médico dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
5. Aparato digestivo.
5.1. Cirrosis hepática.
5.2. Hernias abdominales o inguinales no corregidas, aun las pequeñas y las reducibles.
5.3. Pacientes gastrectomizados, colostomizados o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales.
5.4. Enfermedad inflamatoria intestinal (Enfermedad de Chron o colitis ulcerosa).
5.5. Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de personal facultativo médico dificulte el desempeño del puesto de trabajo. El mero diagnóstico de celiaquía no será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
6. Aparato cardio-vascular.
6.1. Hipertensión arterial, de cualquier causa y no debiendo sobrepasar en reposo, en el momento del reconocimiento, en posición de sentado al menos durante 3-5 minutos antes de comenzar a tomar la medición y sin medicación, los 140 mm/Hg de presión sistólica, y los 90 mm/Hg de presión diastólica tras descartar en lo posible el componente emocional o «Síndrome de la bata blanca». En los casos que se sobrepase cualquiera de las dos cifras se repetirán, al menos tres veces, la determinación en ayunas y tras reposo horizontal de diez minutos después de cada comprobación.
6.2. Insuficiencia venosa periférica. No se admitirán varices de miembros inferiores que se acompañen de edemas maleolares, fóveas, úlceras u otros trastornos tróficos de la piel.
6.3. Portadores de marcapasos, prótesis valvulares o injertos cardiovasculares.
6.4. Cualquier otra patología o lesión cardio-vascular que, a juicio de personal facultativo médico, puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo.
7. Aparato respiratorio.
7.1. Asma bronquial.
7.2. Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
7.3. Neumotórax espontáneo recidivante (en más de una ocasión).
7.4. Tuberculosis pulmonar activa, incluso si se está en tratamiento. Se exigirá un año de inactividad después de concluida una terapéutica correcta. Se valorará la capacidad respiratoria así como la posibilidad de reactivación.
7.5. Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de personal facultativo médico dificulten el desarrollo de la función policial.
8. Aparato locomotor.
Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el normal desarrollo de la función policial, o que puedan agravarse, a juicio de personal facultativo médico con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares, entre ellas hernia discal intervenida o no, pérdida o alteración, total o parcial, congénita o adquirida de cualquier parte del cuerpo que menoscabe la morfología general, como fracturas que dejen secuelas o lesiones podológicas con pérdida total o parcial del dedo y primer metatarsiano que dificulten la marcha o bipedestación, etc.
9. Piel.
9.1. Cicatrices que produzcan limitación funcional.
9.2. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de psoriasis no será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
10. Sistema nervioso.
10.1. Epilepsia, en todas sus formas. Crisis de actividad comicial o de afinidad comicial (como los llamados equivalentes epilépticos y otros) con hallazgos electroencefalográficos significativos.
10.2. Migraña.
10.3. Movimientos involuntarios anormales uni o bilaterales, generalizados o no en todas sus formas, como temblor, tic o espasmo de cualquier causa.
10.4. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico dificulten el desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros. El mero diagnóstico de disartria o disfemia o tartamudez manifiesta, no será considerada como causa de exclusión, en cambio no así las dificultades importantes de la fonación.
11. Trastornos psiquiátricos.
11.1. Depresión.
11.2. Trastornos de la personalidad.
11.3. Psicosis.
11.4. Trastornos mentales y del comportamiento debidos al consumo de sustancias psicotrópicas o drogas, incluido alcohol.
11.5. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico dificulten el desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros.
12. Aparato endocrino.
12.1. Procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de diabetes no será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
13. Sistema inmunitario y enfermedades infecciosas.
13.1. Enfermedades infecciosas y parasitarias que por su contagiosidad sean incompatibles con el desempeño de la función policial.
13.2. Enfermedades inmunológicas sistémicas no asintomática o no controladas con tratamiento médico que imposibiliten el desempeño del puesto de trabajo.
13.3. Otros procesos patológicos que, a juicio de personal facultativo médico, dificulten o limiten el desarrollo de la función policial. El mero diagnóstico de VIH no será considerado como causa de exclusión, sino que habrá de realizarse en base a parámetros clínicos.
14. Patologías diversas.
Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico, defecto físico o característica somática que, a juicio de personal facultativo médico, limite o incapacite a la persona aspirante en el momento del examen, o previsiblemente en el futuro, para el ejercicio del normal desarrollo de la función policial o pueda suponer un riesgo para sí mismo o terceros.
Para los diagnósticos establecidos en este anexo se tendrán en cuenta los criterios de las Sociedades Médicas de las especialidades correspondientes.
Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.
PRUEBAS FÍSICAS.
De entre las pruebas que se señalan a continuación, las cinco primeras se establecen como obligatorias y la última, «natación», tendrá carácter opcional, pudiendo los Municipios, al aprobar las bases de la convocatoria, establecerla o no, si bien una vez establecida es obligatorio superarla.
La prueba de aptitud física tendrá la calificación de «apto» o «no apto». Para obtener la calificación de «apto» será necesario no rebasar las marcas establecidas como máximas para las pruebas 1, 5 y 6, y alcanzar o superar los mínimos de las pruebas 2, 3 y 4 Los ejercicios se realizarán por el orden en que están relacionados y cada uno es eliminatorio para realizar el siguiente.
Se establecen diferentes marcas para cada sexo y grupos de edad: de 18 a 24 años, de 25 a 29 años y de 30 a 34 años. El opositor estará incluido en el grupo de edad correspondiente, teniendo en cuenta la edad de los aspirantes el día de la celebración de las pruebas, salvo que superase los 34 años, en cuyo caso estará incluido en el grupo de 30 a 34 años. Las pruebas se realizarán de forma individual, salvo las de resistencia general y natación que podrán hacerse de forma colectiva si así lo considera el Tribunal.
En las pruebas de resistencia general y natación se dispone de una sola posibilidad de ejecución; en el resto se permitirá una segunda realización cuando en la primera no se haya obtenido la calificación de «apto».
O B L I G A T O R I A S
- Prueba de velocidad: carrera de 50 metros lisos
Se realizará en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto. El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin utilizar tacos de salida.
Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
- a) Hombres:
– De 18 a 24 años: 8 segundos.
– De 25 a 29 años: 8 segundos y 50 centésimas.
– De 30 a 34: 9 segundos.
- b) Mujeres:
– De 18 a 24 años: 9 segundos.
– De 25 a 29 años: 9 segundos y 50 centésimas.
– De 30 a 34: 10 segundos.
2. Prueba de potencia de tren superior:
Los hombres realizarán flexiones de brazos en suspensión pura, y las mujeres lanzamiento de balón medicinal de 3 kilogramos.
2.1. Flexiones de brazos en suspensión pura (Hombres).
Se realizará en gimnasio o campo de deportes.
Se iniciará desde la posición de suspensión pura, agarrando la barra con las palmas de las manos desnudas, al frente, y con los brazos totalmente extendidos.
La flexión completa se realizará de manera que la barbilla asome por encima de la barra. Antes de iniciar otra nueva flexión será necesario extender totalmente los brazos. No se permite el balanceo del cuerpo o la ayuda con movimientos de las piernas.
Se contarán solamente las flexiones completas y realizadas correctamente.
El número de flexiones mínimo exigible para cada grupo de edad es:– De 18 a 24 años: 8 flexiones.– De 25 a 29 años: 6 flexiones.– De 30 a 34: 4 flexiones.
2.2. Lanzamiento de balón medicinal. (Mujeres)
Se realizará en campo de deporte o en cualquier otro lugar que permita la medida exacta de la caída del balón.
Se marcará una línea en el suelo, que será paralela a la zona de lanzamiento. La aspirante se colocará frente a ésta sin pisarla, con los pies separados, paralelos entre sí y a la misma altura.
El balón se sostendrá con ambas manos, por encima y detrás de la cabeza, y se lanzará desde esta posición para que caiga dentro del sector de lanzamiento previsto.
No se levantarán en su totalidad los pies del suelo y no se tocará con ninguna parte del cuerpo el suelo por delante de la línea de lanzamiento.
Las marcas mínimas exigidas (en metros) para la superación de la prueba son:
– De 18 a 24 años: 5,5 metros– De 25 a 29 años: 5,25 metros– De 30 a 34: 5 metros.
2.3. Prueba de flexibilidad: test de flexibilidad profunda.
Se realizará en gimnasio o campo de deportes. El aspirante se colocará de pie sobre el aparato apropiado, sin calzado y con los pies colocados en los lugares correspondientes.
Entre los bordes exteriores de los pies habrá una separación de 75 centímetros.
En el centro de una línea que una los bordes posteriores de los talones de los pies, se colocará el cero de una regla de 50 centímetros, y un cursor o testigo que se desplace sobre la regla perpendicularmente a la línea anterior y en sentido opuesto a la dirección de los pies.
Se flexionará el cuerpo llevando los brazos hacia atrás y entre las piernas, hasta tocar y empujar el cursor o testigo de la regla, sin impulso.
Se tocará y empujará el testigo (sin apoyarse en él) con los dedos de ambas manos al mismo tiempo, manteniéndose la posición máxima alcanzada, hasta que se lea el resultado.
Para la ejecución el aspirante puede mover los brazos, flexionar el tronco y las rodillas, pero no puede separar del suelo ninguna parte de los pies antes de soltar el testigo.
Hay que mantener el equilibrio y abandonar el aparato por su frente y caminando.
Las marcas mínimas exigidas (en centímetros) para la superación de la prueba son:
Hombres y mujeres:– De 18 a 24 años: 26 cm.– De 25 a 29 años: 23 cm.– De 30 a 34: 20 cm.
2.4. Prueba de potencia de tren inferior: salto vertical.
Se realizará en gimnasio o campo de deportes, con suelo horizontal y junto a una pared vertical y lisa, con la superficie adecuada para efectuar la medición de las marcas.
El aspirante se colocará de lado junto a una pared vertical, y con el brazo más cercano a la misma totalmente extendido hacia arriba. Desde esta posición inicial el aspirante marcará la altura que alcanza.
Separado 20 centímetros de la pared vertical, saltará tanto como pueda y marcará nuevamente con los dedos el nivel alcanzado.
Se acredita la distancia existente entre la marca hecha desde la posición inicial y la conseguida con el salto.
Las marcas mínimas (en centímetros) exigidas para la superación de la prueba son:
- a) Hombres:
– De 18 a 24 años: 48 cm.– De 25 a 29 años: 44 cm.– De 30 a 34: 40 cm.
- b) Mujeres:
– De 18 a 24 años: 35 cm.– De 25 a 29 años: 33 cm.– De 30 a 34: 31 cm.
2.5. Prueba de resistencia general: carrera de 1.000 metros lisos.
Se realizará en pista de atletismo o en cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado. La salida se realizará en pie.
Será eliminado el corredor que abandone la pista durante la carrera.
Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
- a) Hombres:
– De 18 a 24 años: 4 minutos.– De 25 a 29 años: 4 minutos y 10 segundos.– De 30 a 34: 4 minutos y 20 segundos.
- b) Mujeres:
– De 18 a 24 años: 4 minutos y 30 segundos.– De 25 a 29 años: 4 minutos y 40 segundos.– De 30 a 34: 4 minutos y 50 segundos.
2.6. OPCIONAL
Es opcional para el Ayuntamiento, que puede exigirla o no en las bases de la convocatoria. Si la exige, es obligatoria.
Prueba de natación: 25 metros estilo libre.
Se realizará en una piscina que permita efectuar el recorrido sin hacer virajes.
El aspirante podrá colocarse para la salida, bien sobre la plataforma de salida, bien en el borde de la piscina, o bien en el interior del vaso, debiendo permanecer en este último caso en contacto con el borde de la salida.
Una vez que se dé la señal de salida, los aspirantes, bien en zambullida o por impulsión sobre la pared, según la situación de partida adoptada, iniciarán la prueba empleando cualquier estilo para su progresión. Las marcas máximas exigidas para la superación de la prueba son:
- a) Hombres:
– De 18 a 24 años: 26 segundos.– De 25 a 29 años: 29 segundos.– De 30 a 34: 32 segundos.
- b) Mujeres:
– De 18 a 24 años: 30 segundos.– De 25 a 29 años: 33 segundos.– De 30 a 34: 36 segundos.
1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales; clasificación y diferenciación.
2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución.
3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo.
5. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno.
6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional.
7. Organización territorial de Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalu cía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia.
8. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
9. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.
10. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
11. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
12. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales.
13. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La junta de gobierno local. Otros órganos municipales.
14. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.
15. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
16. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones Administrativas.
17. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.
18. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
19. La actividad de la Policía Local como policía administrativa I. Consumo. Abastos. Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos.
20. La actividad de la Policía Local como policía administrativa II. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental.
21. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.
23. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
24. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
25. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
26. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
27. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
28. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».
29. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
30. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
31. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
32. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
33. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
34. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
35. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales y masas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelos explicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales.
36. Comunicación: elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con superiores y subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía.
37. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
38. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
39. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.
40. Deontología policial. Normas que la establecen.
El temario de la oposición de Policía Local le prepara para el acceso al Cuerpo en cualquiera de los municipios de la Comunidad de Andalucía. Está compuesto de 40 temas.
INDICE
VOLUMEN I JURÍDICO
Tema 1. El Estado. Concepto. Elementos. La división de poderes. Funciones. Organización del Estado español. Antecedentes constitucionales en España. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. La reforma de la Constitución Española. El Estado español como Estado Social y Democrático de Derecho. Derechos y deberes constitucionales; clasificación y diferenciación.
Tema 2. Derechos fundamentales y libertades públicas I: Derecho a la vida e integridad. Libertad ideológica, religiosa y de culto. Derecho a la libertad y seguridad. Derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. La inviolabilidad del domicilio y el secreto de las comunicaciones. La libertad de residencia y de circulación. El derecho a la libertad de expresión reconocido en el artículo 20 de la Constitución
Tema 3. Derechos fundamentales y libertades públicas II: Derecho de reunión. Derecho de asociación. Derecho a la participación en los asuntos públicos y al acceso a funciones y cargos públicos. La tutela judicial efectiva y la prohibición de indefensión. La imposición de condena o sanción del artículo 25 de la Constitución, sentido de las penas y medidas de seguridad. Prohibición de tribunales de honor. El derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Derecho a la sindicación y a la huelga, especial referencia a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Derecho de petición.
Tema 4. Derechos y deberes de los ciudadanos. Los principios rectores de la política social y económica. Las garantías de los derechos y libertades. Suspensión general e individual de los mismos. El Defensor del Pueblo.
Tema 5. La Corona. Las Cortes Generales. Estructura y competencias. Procedimiento de elaboración de las leyes. Formas de Gobierno. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. Funciones del Gobierno.
Tema 6. El Poder Judicial. Principios constitucionales. Estructura y organización del Sistema judicial español. El Tribunal Constitucional
Tema 7. Organización territorial de Estado. Las comunidades autónomas. El Estatuto de Autonomía de Andalucía. Estructura y disposiciones generales. Instituciones: Parlamento. Presidente y Consejo de Gobierno. Mención al Tribunal Superior de Justicia.
Tema 8. Relación de la Junta de Andalucía con la Administración del Estado y con otras Comunidades Autónomas. Idea general de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Tema 9. El Derecho Administrativo. Fuentes y jerarquía de las normas.
Tema 10. El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. La validez de los actos administrativos; nulidad y anulabilidad. Notificación de actos administrativos. Cómputo de plazos. Recursos administrativos. Alzada y reposición; el recurso extraordinario de revisión.
Tema 11. El procedimiento administrativo. Concepto y principios generales. Clases. Los interesados. La estructura del procedimiento administrativo.
Tema 12. El Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Tipos de entidades locales.
Tema 13. El municipio. Concepto y elementos. Competencias municipales. La provincia: concepto, elementos y competencias. La organización y funcionamiento del municipio. El pleno. El alcalde. La junta de gobierno local. Otros órganos municipales
Tema 14. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases y procedimiento de elaboración y aprobación.
Tema 15. La licencia municipal. Tipos. Actividades sometidas a licencia. Tramitación.
Tema 16. Función Pública Local. Su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios. Situaciones Administrativas.
VOLUMEN II JURÍDICO
Tema 17. Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Funciones de la Policía Local.
Tema 18. Ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía y normas de desarrollo. Régimen disciplinario: Disposiciones generales y faltas disciplinarias.
Tema 19. La actividad de la Policía Local como policía administrativa I. Consumo. Abastos.
Mercados. Venta ambulante. Espectáculos y establecimientos públicos.
Tema 20. La actividad de la Policía Local como policía administrativa II. Urbanismo. Infracciones y sanciones. La protección ambiental: prevención y calidad ambiental, residuos y disciplina ambiental
Tema 21. La Ley de Gestión de Emergencias en Andalucía y normas de desarrollo.
Tema 22. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables: autores, cómplices y encubridores. Grados de perfección del delito.
Tema 23. Delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución. Delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales.
Tema 24. Delitos contra la Administración Pública. Atentados contra la Autoridad y sus Agentes. Desórdenes públicos.
Tema 25. Homicidio y sus formas. Faltas contra las personas. Delitos y faltas contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
Tema 26. Delitos contra la seguridad del tráfico. Faltas cometidas con ocasión de la circulación de vehículos a motor. Lesiones y daños imprudentes. Carencia del seguro obligatorio.
Tema 27. El atestado policial en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Concepto y estructura.
Tema 28. Detención: concepto, clases y supuestos. Plazos de detención. Obligaciones del funcionario que efectúa una detención. Contenido de la asistencia letrada. Derecho del detenido. Responsabilidades penales en las que puede incurrir el funcionario que efectúa una detención. El procedimiento de «Habeas Corpus».
VOLUMEN III JURÍDICO
Tema 29. Ley de Seguridad Vial. Reglamentos de desarrollo. Estructuras y conceptos generales.
Tema 30. Normas generales de circulación: velocidad, sentido, cambios de dirección. Adelantamientos. Obstáculos. Parada y estacionamiento. Transporte de materias que requieren precauciones especiales.
Tema 31. Circulación de peatones. Circulación urbana. Conductores. Marcha atrás. Trabajos eventuales. Instalaciones en la vía pública. Circulación de bicicletas y ciclomotores. Señales de circulación. Clasificación y orden de preeminencia.
Tema 32. Procedimiento sancionador por infracciones a la Normativa de Circulación. Actuaciones complementarias. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.
Tema 33. Accidentes de circulación: definición, tipos y actuaciones de la Policía Local. Alcoholemia. Datos. Su consideración según la normativa vigente. Procedimiento de averiguación del grado de impregnación alcohólica.
Tema 34. Estructura económica y social de Andalucía: demografía, economía, servicios públicos, sociedad civil, nuevas tecnologías, patrimonio ecológico, social y cultural.
Tema 35. Vida en sociedad. Proceso de socialización. Formación de grupos sociales y masas. Procesos de exclusión e inclusión social. La delincuencia: tipologías y modelos explicativos. La Policía como servicio a la ciudadanía. Colaboración con otros servicios municipales.
Tema 36. Comunicación: elementos, redes, flujos, obstáculos. Comunicación con superiores y subordinados. Equipos de trabajo y atención a la ciudadanía.
Tema 37. Minorías étnicas y culturales. Racismo y xenofobia. Actitud policial ante la sociedad intercultural.
Tema 38. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: conceptos básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de género. Violencia contra las mujeres: descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas.
Tema 39. La Policía en la sociedad democrática. El mandato constitucional. Valores que propugna la sociedad democrática. La dignidad de la persona. Sentido ético de la prevención y la represión.
Tema 40. Deontología policial. Normas que la establecen.
APÉNDICE LEGISLATIVO
– – Ley de Seguridad Vial.
– – Reglamento General de Circulación.
– – Real Decreto por el que se regula la I.T.V.
VOLUMEN I SUPUESTOS- COMPENDIO ADMINISTRATIVO
Tema 1. Actuación policial. La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Tema 2. La labor preventiva del Policía Local y su papel ante la comisión de la infracción.
Tema 3. La Seguridad Ciudadana.
Tema 4. La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa (I)
Tema 5. La actividad de la Policía Local como Policía Administrativa (II)
Tema 6. La Seguridad Vial
VOLUMEN II SUPUESTOS- DERECHO Y PENAL Y DERECHO PRÁCTICO
Tema 7. Nociones básicas del Derecho Penal parte especial para Policías.
Tema 8. Casuisticas penales policiales (Detención)
Tema 9. Alcoholemia. Los Delitos contra la Seguridad Vial
Tema 10. Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
Tema 11. Delitos contra las personas.
Tema 12. Otros delitos
Tema 13. Resúmenes temáticos.
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HORARIOS 2024/2025
MATRÍCULA GRATUITA
El pago mensual se podrá hacer en efectivo, tarjeta bancaria o transferencia
SERVICIO EXENTO DE IVA
Grupo de inicio |
MODALIDAD MIXTA |
Horario |
Lunes de 16.30 a 18.30, miércoles de 17 a 19 y jueves de 17 a 20 |
Fecha de inicio |
Octubre 2024 |
Duración |
15 meses |
Precio |
90€ / mes |
HORARIOS 2023/2024
Grupo de inicio tardes |
MODALIDAD MIXTA |
Horario |
lunes de 16.30 a 18.30, miércoles de 17 a 19 y jueves de 17 a 20 |
Fecha de inicio |
oct. 2023 |
Duración |
15 meses |
Precio |
90 € / mes |
Grupo de repaso |
MODALIDAD STREAMING |
Horario |
lunes de 16.30 a 21.30 |
Fecha de inicio |
cíclico |
Duración |
15 meses |
Precio |
70 € / mes |
Modalidad clases “presenciales” virtuales
👉 Asistes en directo desde casa igual que si estuvieses en clase
👉 Resolución de dudas en clase. (Podrás participar durante la clase)
👉 Con clases “presenciales” virtuales en directo con el mismo profesorado y el mismo horario.
👉 Si no puedes asistir una clase, podrás visualizar la clase grabada más tarde cuando tu quieras.
Mas información aquí
CLASES VIRTUALES “PRESENCIALES” (STREAMING)
Tus clases presenciales de OPOSICIONES se sustituyen por CLASES VIRTUALES (Streaming).
- Los alumnos/as matriculados en las distintas oposiciones, continuarán recibiendo sus clases con el sistema de streaming en el mismo horario y con el mismo equipo docente.
- En qué consiste esta preparación:
- -Los alumnos continuarán con la preparación de su oposición desde sus propios hogares. En el mismo día y a la misma hora que corresponde a su grupo presencial, el alumno/a se conectará desde su casa con el profesor y el resto alumnos, para recibir en directo la impartición de clases, según la materia que corresponda por calendario.
- El alumno/a utilizará el chat para resolver sus dudas durante la sesión en streaming.
- Para conectarse en cada una de las sesiones, el alumnado, antes de comenzar a impartirse la clase, recibirá a su email una invitación de acceso a la clase virtual que le corresponda.
- La primera vez que acceda recibirás además un tutorial de explicación.
- Es un método de acceso muy sencillo e intuitivo ya que alumno/a tan solo tiene que tener a su disposición:
– Equipo informático o tablet (más recomendable). Y en su caso también pueden acceder a través de su Smartphone.
– Conexión a internet.
– Además, cada equipo docente, enviará al alumno/a test y material complementario que consideren necesario para la continuidad de la preparación, mediante correo electrónico o subiéndolo a la plataforma de cada grupo.
También se enviarán las actualizaciones del temario para que el alumno siempre esté al día de todas las modificaciones.– El profesorado resolverá las dudas que se les genere al alumno mediante correo electrónico.
Para el mejor seguimiento y aprovechamiento de las clases, recomendamos que tengan a su disposición el temario que utiliza el equipo docente del grupo y especialidad elegida.
Nuevos grupos de preparación para las convocatorias de Policía Local.
Duración: 15 meses. Cuando acabe la formación, los grupos de inicio pasarán a ser grupos de repaso y los de inicio comenzarán de nuevo el temario, por lo que la formación se hace de manera cíclica.
El curso será impartido por profesorado cualificado académicamente y con amplia experiencia profesional, adaptado a la especialidad seleccionada por el alumno/a. Los equipos docentes están compuestos por juristas, especialistas en las materias científico-técnicas y conferenciantes para temas o epígrafes específicos, todos ellos con una experiencia media entre 10 y 20 años en el ejercicio de sus respectivas profesiones.
DOCENTES TITULARES
Alicia Gomez Garcia. Licenciada en Derecho por la Universidad de Málaga (2000-2005) Abogada en ejercicio desde enero de 2006, pertenece al Colegio de Abogados de Málaga (colegiada num 6471) y al Turno de Oficio. Especializada sobre todo en Derecho Civil y Penal, ha pertenecido a varios despachos de abogados, en la actualidad a AGZ Abogada. Imparte además, formación en oposiciones, en distintos grupos desde ese mismo año (2006), fundamentalmente para Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como para entidades locales.
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