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¡Abierta convocatoria 37 plazas Administrativos UMA!

7 de noviembre de 2019

Tal y como veníamos anunciando, se publica en el BOE de 07 de noviembre 2019 la convocatoria de 37 plazas de empleo público de escala administrativa  para el año 2019 de la Universidad de Málaga.

 

Resolución de 28 de octubre de 2019, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa.

Plazas: 37 plazas  Administrativo 

Acceso: Libre.

Sistema: Concurso – Oposición

Bases y convocatoria: BOE 07 noviembre 2019

Plazo hasta :  27 noviembre 2019

 

1.1 Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 37 plazas de personal funcionario de la Escala Administrativa de esta Universidad, Grupo C, Subgrupo C1, por el sistema de acceso libre.

1.1.1 Cupo de reserva para personas discapacitadas. Del total de plazas convocadas, se reserva un 10% para ser cubiertas por personas con grado de discapacidad igual o superior al 33%. Este cupo de reserva asciende a 4 plazas.

1.3 Sistema de selección. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.3.1 Fase de oposición. En la fase de oposición, las personas aspirantes deberán realizar los ejercicios que se indican en el anexo I de esta Resolución.

1.3.2 Fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición. El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 1 de febrero de 2020. El Tribunal Calificador, con carácter previo al desarrollo de cada una de las pruebas, hará públicos el lugar, día y hora de celebración de las mismas.

1.3.3 Fase de concurso. En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán los méritos por los servicios prestados, con arreglo al baremo que igualmente se especifica en el anexo I de la presente Resolución.

El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará no antes del 1 de febrero de 2020.

Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 21,00 euros y se ingresarán en Unicaja, cuenta corriente número ES88 2103 0146 95 0030028625, especificando como concepto el texto «PRUEBAS PAS OPC1ADM».

 

Requisitos

Requisitos generales. Para ser admitido/a a la realización de estas pruebas selectivas los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en tratado de la Unión Europea. También podrán participar el cónyuge, ascendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no haber cumplido la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o haber superado las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años; en este último supuesto será necesario, además, estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente a efectos profesionales, o bien haber superado al menos 15 créditos ECTS de los estudios universitarios.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. En el caso de nacionales de los demás Estamos miembros de la Unión Europea o nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

2.2 Posesión y mantenimiento de los requisitos. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión.

Solicitudes

.1 Modelo de solicitud. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en solicitud, según modelo disponible para su descarga en la siguiente dirección: «httpss://www.uma.es/pas/». Este modelo ha de ser impreso por triplicado en el caso de efectuar el abono de los derechos de examen en sucursal bancaria, y por duplicado si el abono se hace efectivo mediante transferencia.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento nacional de identidad, así como una relación circunstanciada de los méritos alegados para la fase de concurso, cuya documentación acreditativa se presentará, únicamente por los aspirantes que superen la fase de oposición, en el plazo que el Tribunal determine.

Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho a participar deberán presentar fotocopia del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, de los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2 Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes se hará en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registros de esta Universidad, o en alguna de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», exceptuando de dicho cómputo los días que, en su caso, fuesen declarados inhábiles por el Consejo de Gobierno en la Universidad de Málaga, y se dirigirán a la Jefatura del Servicio de Personal de Administración y Servicios.

La no presentación de solicitud en plazo, aun justificándose el abono de los derechos de examen, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.

3.3 Cupo de reserva a personas discapacitadas y adaptaciones. Las personas aspirantes con discapacidad y grado reconocido igual o superior al 33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán marcar dicha opción en la solicitud y acompañar el Certificado acreditativo de tal condición, expedido por el organismo competente, junto con el correspondiente Dictamen Técnico Facultativo, expresando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria, para lo cual se utilizará el recuadro «Datos a consignar según las bases de la convocatoria», «Apartado b)».

3.4 Vinculación a los datos. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.5 Justificación de los derechos de examen. La persona interesada adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen cuando el abono se realice mediante trasferencia. Si el pago se formaliza en la propia entidad bancaria, en la solicitud deberá figurar necesariamente el sello acreditativo del pago de los derechos.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al mero abono de los derechos de examen en la entidad bancaria correspondiente.

3.6 Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 21,00 euros y se ingresarán en Unicaja, cuenta corriente número ES88 2103 0146 95 0030028625, especificando como concepto el texto «PRUEBAS PAS OPC1ADM».

3.7 Exenciones y bonificaciones de los derechos de examen. De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, por el que se modifica el apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, estarán exentos del pago de los precios públicos:

a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado de tal condición.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de esta exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo anterior se solicitará en las oficinas del Servicio Público de Empleo, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o promesa escrita de la persona solicitante.

Ambos documentos deberán acompañar a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

c) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges, hijos e hijas.

d) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de la familia numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

3.8 Devolución de derechos. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas exigidas, cuando no se realice el hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable a la persona interesada.

3.9 Subsanación de errores. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Fase de oposición

1. Fase de oposición. Ejercicios y calificación

Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio, y consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, relativas al programa que figura en el apartado 1 del anexo II. Se valorará de 0 a 40 puntos, siendo necesario para aprobar obtener, al menos, 20 puntos, y quedando facultado el Tribunal para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha calificación. Las respuestas incorrectas serán valoradas negativamente del siguiente modo: cada respuesta incorrecta se penalizará con un cuarto de respuesta correcta, de manera que, a efectos de obtener la calificación en el primer ejercicio, el número de aciertos vendrá dado por la aplicación de la siguiente fórmula:

AN = A – (F x 0,25)

Siendo AN el número de aciertos a considerar a efectos del cómputo de la calificación, A el número de aciertos obtenidos en el ejercicio y F el número de errores obtenidos en el ejercicio. Las preguntas no contestadas no se tendrán en cuenta a estos efectos.

El ejercicio constará del número de preguntas que determine el Tribunal, hasta un máximo de 100, a las que se añadirán preguntas adicionales que solo serán corregidas, en el orden de su aparición, en el caso de que sean anuladas, por cualquier causa, alguna/s de las que conste el ejercicio. El tiempo de realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.

Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y consistirá en realizar un ejercicio de carácter práctico, relacionado con el temario que consta en el Apartado 2 del Anexo II, realizado en una sola sesión, siguiendo las instrucciones facilitadas por el Tribunal. El ejercicio práctico versará acerca del uso del paquete ofimático Microsoft Office 2016, en el que los aspirantes deberán demostrar sus conocimientos sobre los tres temas del bloque de ofimática. En este ejercicio se valorarán los conocimientos y habilidades en las funciones y utilidades del procesador de textos Word y de la hoja de cálculo Excel, así como de correo electrónico. Junto con la convocatoria para la realización de este ejercicio, el Tribunal hará públicos los criterios de valoración y corrección

El ejercicio se valorará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para aprobar obtener, al menos, 10 puntos, y quedando facultado el Tribunal para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dicha calificación.

Fase de concurso

Fase de concurso

Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán aportar, en el plazo que el Tribunal determine, la documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso, sin que puedan añadirse otros méritos que los referenciados en la solicitud, en los términos de lo establecido en la base 3.1 de la presente Resolución.

El Tribunal hará pública la puntuación obtenida en la fase de concurso por los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, tras la superación de los dos ejercicios, cada uno de los cuales tendrán carácter eliminatorio.

Contra la puntuación otorgada por el Tribunal, podrán los interesados interponer reclamación en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, transcurridos los cuales el Tribunal publicará las puntuaciones definitivas.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar la fase de oposición.

La fase de concurso se valorará de 0 a 40 puntos.

En dicha fase, se valorarán los siguientes méritos, hasta el máximo establecido, de acuerdo con la siguiente escala:

1. Por servicios prestados como funcionario interino de la Escala Administrativa de la Universidad de Málaga hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,44 puntos por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.

2. Por servicios prestados en otras Universidades públicas como funcionario en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de Administración general hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,22 puntos por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.

3. Por servicios prestados en otras Administraciones públicas como funcionario en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 de Administración general hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes, 0,11 puntos por cada mes completo de trabajo, o la parte proporcional en días.

Los servicios prestados fuera de la Universidad de Málaga se acreditarán mediante documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las funciones concretas que se han desarrollado, expedida por el órgano administrativo competente.

Temario

Apartado 1. Primer ejercicio.

1. La Constitución Española de 1978: derechos y deberes fundamentales; las Cortes Generales; el Gobierno y la Administración; el Tribunal Constitucional; la reforma de la Constitución.

2. Las fuentes del Derecho Administrativo y la jerarquía normativa. Leyes y disposiciones normativas: concepto, naturaleza, clases y límites.

3. La Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: objeto y ámbito de aplicación; los interesados en el procedimiento; la actividad de las Administraciones públicas; los actos administrativos; el procedimiento administrativo; la revisión de los actos administrativos.

4. La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público: objeto, principios y ámbito de aplicación; órganos de las Administraciones públicas; funcionamiento electrónico del sector público.

5. Estatutos de la Universidad de Málaga.

6. La Ley Orgánica de Universidades.

7. La Ley Andaluza de Universidades.

8. Las enseñanzas universitarias en España: ordenación, estructura, sistema de calificaciones, verificación y acreditación de títulos.

9. El acceso y la admisión a los estudios conducentes a títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional en la Universidad de Málaga.

10. La matriculación de estudiantes para cursar enseñanzas correspondientes a estudios de Grado, Máster y Doctorado en la Universidad de Málaga.

11. Los reconocimientos de estudios, experiencia laboral y profesional, y actividades universitarias, en estudios conducentes a títulos universitarios de carácter y validez en todo el territorio nacional en la Universidad de Málaga.

12. El régimen jurídico del profesorado universitario: normativa estatal y autonómica.

13. El Estatuto Básico del Empleado Público. Régimen disciplinario de los funcionarios. Régimen de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas.

14. El Plan de Ordenación de los Recursos Humanos del PAS de la Universidad de Málaga 2017/2020: Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de administración y servicios; normas de aplicación y ejecución de la Relación de puestos de trabajo.

15. La gestión económica de la Universidad de Málaga: estructura presupuestaria de ingresos y gastos. El Plan General de Contabilidad Pública: marco conceptual.

16. La gestión económica de la Universidad de Málaga: Reglamento de Régimen Económico-Financiero de la Universidad de Málaga.

Apartado 2. Segundo ejercicio.

1. Procesador de textos Word 2016: Nociones elementales. Formato de documentos. Plantillas de documentos. Estilos. Tablas. Importar documentos. Anotaciones y revisiones de documentos. Generación de documentos y correos personalizados. Imágenes, gráficos y SmartArt. Secciones. Organigramas y diagramas. Notas al pie. Seguridad. Gestión de referencias: índices, tablas de contenidos y de ilustraciones.

2. Hoja de cálculo Excel 2016. Edición básica: formato, anotaciones, ordenación, filtros, búsqueda. Tablas. Fórmulas y funciones elementales. Gráficos. Importar desde texto.

3. Correo electrónico. Correo electrónico Outlook 2016: Gestión básica de envío y recepción de mensajes; firma de mensajes. Seguridad de claves. Correo seguro. Tipos de listas de correo. Normativa de uso aceptable y seguridad básica del correo electrónico institucional de la Universidad de Málaga. Nociones elementales de los protocolos POP3, IMAP4 y SMTP para envío desde cliente (“Submission”).

 

 

 

¡Ánimo en tu oposición!

¡A por tu plaza!

 

 

 

 

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